jueves, 22 de octubre de 2009
LA JUSTICIA NO SÓLO ES UN CACHONDEO, SINO TAMBIÉN UN ABSURDO
Cuando todavía tenemos caliente el asunto del caso Millet, que después de haber confesado el robo de varios millones, tras salir de la citación del juzgado, se vuelve tan tranquilo a su casa; mientras que a un pobre parado si lo pillan robando 200 euros en una tienda, lo meten entre rejas. ¿Qué ocurre aquí?, pues sencillamente que las leyes están tan bien embrolladas, que las cosas pueden salir según las conveniencias de los interesados más listos. Ese embrollo es un juego malévolo al que le interesan a la inmensa mayoría de los propios jueces, a los que como norma les conviene hacer justicia injustamente, para que como buenos y lentos funcionarios vagos de los tribunales, trabajar lo menos justamente la justicia, no sea que se revienten con un cansancio de justicia.
Como ejemplo de lo injusta que es la justicia, os expondré el caso de las descargas de internet, que con tanta frecuencia ponen en las portadas de las películas de DVD, especialmente las que proceden de alquiler de video-club. Y comparadlo con lo que dice sobre otras cosas el Código Penal. Una buena amiga mía me envió el párrafo que aquí inserto a continuación: tras leerlo, podréis decir que habéis vivido para verlo. Aclaro que hace referencia al SGAE (Sociedad General de Autores y Editores):
Demostración con ocho supuestos lo "bien" que esta hecha la Ley. Señores Legisladores, ¿alguno de ustedes sería capaz de aclararme estos datos?
- SUPUESTO 1:
a) JOSÉ LUIS se descarga una canción de Internet.
b) JOSÉ LUIS decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
ACLARACIÓN: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).
- SUPUESTO 2:
a) MARIA TERESA se descarga una canción de Internet.
b) MARÍA TERESA va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
ACLARACIÓN: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).
- SUPUESTO 3:
a) ELENA, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) ELENA, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.
ACLARACIÓN: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.
- SUPUESTO 4:
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.
ACLARACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDS o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.
- SUPUESTO 5:
a) MANUEL copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) MANUEL, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.
ACLARACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.
- SUPUESTO 6:a) LAURA y ALBA (que son hijas de JOSÉ LUIS) van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados góticos protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) LAURA y ALBA (que son hijas de JOSÉ LUIS) van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas góticas protagonizadas y creadas por la pareja.
ACLARACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.
- SUPUESTO 7:a) SONSÓLES, que es una bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) SONSÓLES, que es una bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
ACLARACIÓN: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal.
- SUPUESTO 8:
a) BIBIANA fotocopia una página de un libro.
b) BIBIANA le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'La Jungla 4.0'.
ACLARACIÓN: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.
CONCLUSIÓN: Hala, ya sabéis: pegad, violad, acosad, robad, pero... nunca jamás uséis el Emule. ¡A esto hay que darle la mayor difusión posible por toda la red y en otros Medios, a ver si alguien con criterio pone algún remedio al sinsentido de Sin descargas.
NOTA DEL EDITOR: Cualquier coincidencia entre los nombres citados a modo de ejemplo y la realidad es pura coincidencia ya que dichos nombres han sido aleatoriamente elegidos (...al azar).
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